Nosotros, FLOR CAROLINA VERDE MALAVE y HERMES OLIMPIO VERDE MALAVE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nros. 18.657.339 y 17.524.857 respectivamente y de este domicilio, por medio del presente documento, declaramos: Que hemos constituido Una Compañía Anónima, según consta este documento, el cual ha sido redactado con la suficiente amplitud para que sirva de Estatutos Sociales, siendo sus cláusulas las Siguientes:
TITULO I
NOMBRE, DOMICILIO, OBJETO Y DURACIÓN.
PRIMERA: La compañía se denominara EUPHORIA´S VIP C.A., pero podrá usar la abreviatura “EUPHOVICA”.
SEGUNDA: El domicilio de la C.A. será en la Calle Delta, Edificio San Rafael, Piso 1, Oficina 1-B, en Tucupita, Estado Delta Amacuro, pero podrá establecer Sucursales, Agencias y/o locales en cualquier lugar de la República Bolivariana de Venezuela.
TERCERA: El objeto de la Compañía será la comercialización, compra, venta, importación, exportación, distribución, representación y arrendamiento de centro de belleza integral, venta y distribución al mayor y al detal de suplementos dietéticos, masajes terapéuticos, depilaciones corporales, limpiezas faciales profundas, diseño de cejas y pestañas, maquillajes, peluquería en general, venta y distribución al mayor y al detal de artículos de belleza, venta al mayor y al detal de artículos importados, venta y distribución al mayor y al detal de cosméticos y toda clase de productos y efectos de comercio respecto de los cuales no exista prohibición legal alguna, que a juicio de la asamblea de accionistas sea conveniente o necesaria para la realización de su objeto social.
CUARTA: La duración de la compañía será por un lapso de Treinta (30) años, contados a partir de la Inscripción en el Registro Mercantil Correspondiente, cuyo tiempo podrá ser prorrogado por la Asamblea de Accionistas o disuelta con anticipación al vencimiento del término, de conformidad con lo previsto en el Código de Comercio.
TITULO II
CAPITAL Y ACCIONES
QUINTA: El Capital Social de la Compañía es de CINCO MILLONES con 00/100 DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000,00), divididos en UN MIL (1.000) ACCIONES, con un valor nominal de CINCO MIL BOLIVARES con 00/100 (Bs. 5.000,00) cada una. Las Acciones darán a sus tenedores iguales derechos por los títulos que la representan y deberán estar debidamente firmadas por la Junta Directiva.
SEXTA: El Capital Social ha sido totalmente suscrito y pagado de la manera siguiente: la accionista FLOR CAROLINA VERDE MALAVE ha suscrito y pagado NOVECIENTAS (900) ACCIONES, por un valor de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 BOLÍVARES (Bs. 4.500.000,00) que representan el NOVENTA POR CIENTO (90%) del Capital Social de la Compañía, el accionista HERMES OLIMPIO VERDE MALAVE, ha suscrito y pagado CIEN (100) ACCIONES, por un valor de QUINIENTOS MIL CON 00/100 BOLÍVARES (Bs. 500.000,00) que representan el DIEZ POR CIENTO (10%) del Capital Social de la Compañía. Dicho Capital será representado en Balance-Inventario anexo que se da por reproducido debidamente firmado y el cual forma parte de este documento.
TITULO III
DE LA ADMINISTRACIÓN
SEPTIMA: La Administración y gestión de la Compañía estará a cargo de UN PRESIDENTE y UN TESORERO, los cuales serán electos en la Asamblea General de Socios y duraran en sus funciones TRES (03) AÑOS, pudiendo ser reelegidos por igual período.
OCTAVA: La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones: Representar y obligar a la Compañía judicial y extrajudicialmente, ya que posee las más amplia facultades de administración de la compañía, pudiendo en consecuencia tanto el Presidente, actuar en forma conjunta o separadamente y ejercer las siguientes atribuciones: Representar a la Compañía delante de terceras personas sean estas naturales o jurídicas, celebrar contratos de cualquier tipo, comprar, vender, permutar y gravar tanto bienes muebles como inmuebles y en general realizar cualquier acto de administración o disposición, recibir cantidades de dinero otorgando y firmando los correspondientes recibos y finiquitos, contratar créditos bancarios y préstamos, hacer transacciones bancarias, aperturar en nombre de la Compañía cuentas bancarias, nombrar, remover y contratar personal para la compañía, fijándole sus obligaciones, atribuciones y remuneraciones, otorgar poderes a abogados para representar a la compañía y en si realizar cuantos actos sean necesarios para representar a la compañía en todos los asuntos que se le presenten.
TITULO IV
DE LAS ASAMBLEAS
NOVENA: Las Asambleas podrán ser Ordinarias o Extraordinarias: Las Ordinarias; Se realizarán en forma bimensual es decir, cada dos meses y las Extraordinarias; se realizarán cuando por la urgencia del caso o cuando la Asamblea de Socios así lo considere conveniente, las convocatorias se realizaran personalmente o por la prensa regional, por lo menos con cinco días de anticipación. Para que las Asambleas o reuniones sean válidas deben estar presente por lo menos el cincuenta por ciento (50%) del Capital Social.
TITULO V
DEL COMISARIO
DECIMA: La Compañía tendrá un (01) Comisario, que será
nombrado por la Asamblea de Socios y el cual durará en sus
funciones Cinco (05) años.
TITULO VI
DEL EJERCICIO Y DEL BALANCE
DECIMA PRIMERA: El ejercicio económico de la Compañía comienza el día primero de Enero de cada año y termina el 31 de Diciembre de cada año. El primer año fiscal de la Compañía comenzará una vez sea Protocolizado por ante la Oficina de Registro de Comercio correspondiente.
TITULO VII
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Para el primer período económico de la Compañía han sido designados por la Asamblea de Accionistas para el cargo de PRESIDENTA: se designa para el cargo a la socia FLOR CAROLINA VERDE MALAVE y para el cargo de TESORERO: se designa para el cargo al socio HERMES OLIMPIO VERDE MALAVE, se designa como comisario al ciudadano: LCDO. HERMES LUIS VERDE GUERRA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V – 5.859.296 y quien es Licenciado en Administración, inscrito en el Colegio de Licenciados en Administración bajo el N° LAC. 23-34612, quien estando presente acepta el cargo. Queda aprobada la presente Acta Constitutiva que servirá de Estatutos Sociales de la Compañía. Se Autoriza al Comisario de la empresa: LCDO. HERMES LUIS VERDE GUERRA., para que realice los trámites necesarios para la realización del Registro competente. Nosotros FLOR CAROLINA VERDE MALAVE, Y HERMES OLIMPIO VERDE MALAVE, ya identificados DECLARAMOS BAJO FE DE JURAMENTO que los capitales bienes, haberes o título de actos o negocios jurídicos a objeto creación de esta empresa, proceden de actividades licitas, lo cual puede ser corroborados por los organismos competentes, y no tiene relación alguna con dinero, capitales, bienes, haberes, valores o títulos que se consideren productos de las actividades o acciones ilícitas contempladas en la ley orgánica contra la delincuencia organizada y financiamiento al terrorismo y/o a la ley orgánica de drogas.En Tucupita a la fecha de su presentación.
FLOR CAROLINA VERDE MALAVE HERMES OLIMPIO VERDE M.
LCDO. HERMES LUIS VERDE GUERRA
COMISARIO